Consulte los sitios de desove conocidos en este mapa, sumérjase en la información que el Grupo de Trabajo de Agregaciones Reproductivas de Peces (GTAR) ha resumido para usted, y aprenda cómo puede ayudar tanto a su país como a la región a recuperar las especies comerciales que se juntan para desovar. El manejo sostenible de la pesca depende de su liderazgo y de un trabajo coordinado, y nosotros estamos aquí para ayudarle.
Recuperando a los grandes peces
Como legislador, funcionario gubernamental, manejador de pesca y encargado de hacer cumplir la ley, usted desempeña un papel crucial para resolver las crisis pesqueras. Su liderazgo inspira confianza a las partes interesadas, asegurándoles que hay una mano firme al timón que las dirige hacia la recuperación de las especies.
Qué pueden hacer los líderes
El Plan Regional de Manejo de Agregaciones Reproductivas (PRMARP) de la COPACO/CFMC/CRFM/OSPESCA es un esfuerzo regional que sólo tendrá éxito si todos contribuimos. Este es un resumen de las peticiones dirigidas a legisladores, manejadores y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Encontrará información existente y ampliada para informarse a usted y a sus colegas.
Resumen de los Pasos:
1) Informe a las comunidades e incluya a los pescadores y pescadoras en el proceso de toma de decisiones.
2) Trabaje con las partes interesadas para recopilar datos, promover la protección de los sitios de desove y aplicar la normativa.
3) Para garantizar el éxito de la aplicación, prepárese para las temporadas de desove como se indica a continuación:
- 60 días antes del periodo de cierre, póngase en contacto con los equipos de vigilancia para organizar una reunión.
- Una vez concertada la reunión, llame a las ONG's y a los científicos e invítelos a participar en la reunión.
- Recopile materiales para la reunión: mapas, regulaciones, fichas de identificación de especies, números de teléfono, etc.
- Reúnase con las partes interesadas. Comparta información en la reunión y haga un seguimiento enviando materiales adicionales.
- Póngase en contacto con los reporteros locales y los organismos encargados de hacer cumplir la ley para solicitarles ayuda a la hora de difundir el mensaje sobre la veda. Comparta materiales de nuestra Biblioteca de Recursos según proceda.
Resumen de los Pasos:
1) Complete los datos de su país
2) Colabore con las partes interesadas y los socios regionales de su país para aprobar y aplicar leyes que protejan a los sitios de desove.
3) Proporcione lo que los manejadores de pesca y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley necesitan para hacer bien su trabajo: coordine sus esfuerzos con ambos profesionales.
4) Coordínese con sus vecinos: los planteamientos tanto regionales como nacionales deben coordinarse, aplicarse y hacerse cumplir, debido al carácter transfronterizo de los movimientos de ejemplares adultos y huevos/larvas y a la naturaleza compartida de estas poblaciones.
Resumen de los Pasos:
1) Infórmese detalladamente sobre la normativa que debe hacer cumplir.
2) Aprenda a identificar las distintas especies de peces que debe proteger.
3) Dos meses antes de la temporada de veda, asista a la reunión preparatoria con las partes interesadas.
4) Solicite a la parte responsable todo lo que necesite para hacer cumplir la ley, incluidas embarcaciones en buen estado, el equipo necesario, gasolina, mapas, información, etc.
Perspectivas regionales
Regulaciones Pesqueras: Una perspectiva regional
Nuestro exhaustivo informe ofrece valiosas perspectivas y comparaciones de las regulaciones vigentes en los distintos países del Gran Caribe. Este panorama regional le ayudará a comprender mejor la posición de su país y lo que hay que hacer para que la protección de los sitios de desove tenga éxito en toda la región.
Regulaciones vigentes por países
Reglamentos del GTAR por países
Tabla 1. Resumen actualizado en 2020 de la encuesta de manejo de 2018 sobre las medidas de manejo pesquero por país, para las poblaciones de peces que se juntan para desovar
MC = Mero cherna; SPAG = Agregación Reproductiva; AMP = Área Marina Protegida; FSA = Sitio de Desove
| Acciones de Manejo | Equipo de pesca | Normativa | Específico para Mero Cherna (Epinephelus striatus) | Pargo Criollo
(Lutjanus analis) |
|
| Antigua y Barbuda
Todos los pescadores locales, independientemente de su categoría, deben estar registrados y contar con licencia. Todas las embarcaciones pesqueras extranjeras, independientemente de su categoría, deben obtener una licencia. |
Zonas cerradas.
Temporadas de veda Restricciones sobre equipo y métodos de pesca Límites de capturas para las embarcaciones de pesca deportiva locales, embarcaciones de pesca recreativa locales y embarcaciones de pesca deportiva extranjeras Esfuerzos de control (licencia/permiso) |
Prohibición de utilizar cualquier explosivo, veneno u otra sustancia nociva para la pesca.
Están prohibidos el aparejo de anzuelo, la red de arrastre, la red multipanel y la red multifilamento. Restricciones del tiempo de remojo: en todas las redes menor o igual a 4 horas. Restricciones de tamaño de malla: trampa o nasas mayores o iguales a 1,5 pulgadas de diámetro; red de enmalle de fondo mayor o igual a 3 pulgadas; red de cerco mayor o igual a 1,5 pulgadas. Restricciones de longitud de las redes: red de enmalle de fondo menor o igual a 1800 pies; red de cerco menor o igual a 450 pies; y todas las demás redes menores o igual a 60 pies. |
Veda de mero cherna, mero colorado y guatívere: Del 1 de enero al 31 de marzo. | Temporada de veda del 1 de enero al 31 de marzo.
Ilegal pescar, poner a la venta, comprar o tener en posesión MC durante la temporada de veda. |
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| Bahamas
Los buques comerciales necesitan licencia
|
Zonas cerradas
Temporadas de veda Restricciones de equipo de pesca Límites de tamaño y bolsa para pescadores deportivos extranjeros |
Prohibida la pesca con bombona
Pesca submarina restringida a zonas específicas; prohibidos los arpones |
La talla mínima para todos los meros es de 1,36 kg (3 lbs)
Límite de capturas de 20 peces/60 libras de peces demersales para pescadores deportivos extranjeros |
Veda del 1 de diciembre al 28 de febrero
Ninguna exportación comercial Prohibida la venta de pescado fresco durante la veda Durante la veda de MC, todos los meros deben desembarcarse con la cabeza, la cola y la piel intactas. Poca coherencia temporal en los desembarques; pulso en los desembarques antes y después del periodo de veda con luna llena. No es ilegal “poseer” mero cherna durante la veda. |
|
| Belice
Los pescadores de zonas vedadas necesitan licencia y permiso |
Zonas vedadas (12 + 9) y temporada de veda. | Prohibido el uso comercial de la pesca de arrastre o Hookah para todas las especies. Gestionar limitando el esfuerzo (entrada limitada).
No pesca con bombona, no Hookah para pesca comercial; no redes en la pesca del mero. |
La importación de mero requiere permiso; la exportación requiere permiso.
Mero cherna desembarcado entero; otras especies deben tener un parche de piel en el filete. |
Cerrado del 1 de diciembre al 31 de marzo. Captura limitada con licencia de mero cherna de entre 20 y 30 pulgadas; desembarque completo con oficial de pesca para inspeccionar la captura.
Ninguna persona sin licencia podrá pescar o capturar mero cherna en ningún sitio de desove en Belice. Ilegal comprar, vender o poseer MC durante la veda. La mayoría llegaron en abril, mayo y junio |
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| Brasil | Zonas cerradas
Restricciones de equipo de pesca Moratoria de pesca |
Mero guasa y pargo cubera prohibidos; Áreas marinas protegidas de de mero negro y rabirrubia | Tamaño mínimo requerido para el mero negro y los pargos | Ninguna | |
| Islas Caimán | Zonas cerradas
Temporada de veda Restricciones de equipo de pesca 12/16 Folletos MC Comenzó la protección de especies de los sitios de desove en 2016, incluido el mero cherna |
Prohibida la pesca con nasas o arpón en la zona de veda del mero.
Pesca permitida en el área protegida de agregación del mero cherna - debe devolver el mero cherna pero puede conservar otras especies capturadas |
Durante la temporada abierta 5/personas o embarcación/día desde 2016 | Veda del 1 de diciembre al 30 de abril
Tamaño de la ranura: 16 - 24 pulgadas Sin arpones La mayoría llegaron entre mayo y noviembre Prohibida la pesca comercial; toda la pesca debe ser recreativa No hay datos sobre exportaciones/desembarques Anzuelo y sedal No se permite la posesión; antes había que presenciar la captura |
|
| Cuba
Licencia necesaria |
Zonas cerradas
Temporadas de veda Restricciones de equipo de pesca Esfuerzos de restricciones - número limitado de licencias durante los periodos de desove, aumento del precio de las licencias anuales, Licencias/permisos |
Redes de arrastre limitadas a 300 m de longitud - no se permite bloquear la migración de los peces
Límites de capturas para la pesca recreativa Malla mínima (30 mm) para trampas y redes de arrastre con lances limitados para las redes de arrastre. Redes fijas prohibidas del 1 de abril al 31 de agosto Arpones recreativos permitidos los fines de semana y festivos únicamente dentro de las zonas especificadas con capturas limitadas. |
Los pargos (biajaiba, criollo y gris/cubereta) son las principales especies protegidas; la pesca está vedada en épocas específicas de desove.
Pesca adyacente a la zona vedada para un número limitado de embarcaciones. |
Zonas cerradas
El pescado debe desembarcarse entero Tamaño mínimo 450 mm TL/~1600 g Límites de capturas para la pesca recreativa. La mayoría llegaron entre diciembre y febrero |
|
| Guatemala | Temporadas de veda
Peso/tamaño mínimo Restricciones de mercado Restricciones comerciales |
Pargos/Jureles cerrado Sep 15 - Oct 31 | Cerrado del 1 de diciembre al 31 de marzo
Tamaño de la ranura: 20 - 30 pulgadas Prohibición de comercializar MC durante la veda Prohibición del comercio de MC |
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| Honduras | Zonas cerradas | Del 1 de diciembre al 31 de marzo, los sitios de desove del mero cherna están protegidos. | |||
| México
Licencia necesaria |
Zonas cerradas
Temporada de veda febrero-marzo (sólo meros) Licencias/Permisos |
No se han facilitado datos específicos | La veda de la cherna roja protege a otras especies de meros.
8 zonas de refugio pesquero (de aproximadamente 1 m2 cada una). |
Mayor momento de llegadas: de diciembre a febrero
La normativa sobre la cherna roja ofrece cierta protección al MC; sin embargo, la primera parte del periodo de desove del MC no está protegida. Cherna roja, veda del 1 de febrero al 30 de marzo; impulsada anualmente. |
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| Islas Turcas y Caicos
Se necesita licencia comercial para vender las capturas. Los pescadores extranjeros necesitan licencia. |
Zonas cerradas
Temporadas de veda Restricciones de equipo de pesca Licencias/permisos Restricciones de tamaño |
Prohibido el uso de aire comprimido; se admiten arpones y fijas.
23 zonas de no-extracción. |
Prohibición de pescar en los sitios de desove (no definidos).
Tamaño mínimo de 7 pulgadas para los pargos. Tanaño mínimo de macabí/cabro de 20 pulgadas |
Áreas marinas protegidas incluyen sitios conocidos de desove de mero cherna.
Prohibida la pesca, venta y posesión de MC del 1 de diciembre al 28 de febrero. Tamaño de la ranura: 21* - 35 pulgadas *mínimo comercial a 17 pulgadas; no se ha formalizado pero se vigila ya que está en vigor |
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| Aguas federales del Atlántico Sur de EE.UU.
Se requiere licencia para pesca comercial y recreaciona; no hay registro de embarcaciones. Informes de capturas comerciales pero no recreativas. |
Zonas cerradas
Tamaño y cuotas
|
Se requiere dispositivo de descenso/salvapeje y herramientas de desenganche; se requieren ganchos circulares de acero no inoxidable.
El equipo de pesca comercial y recreativa incluye: anzuelo y sedal verticales (incluido el sedal de mano y el bandid gear) y equipamiento de pesca con arpón sin respiradores autónomos. |
Prohibido todo el año | Sin periodo de veda; gestión con límite anual de capturas
16/18 en TL Todos los pargos deben desembarcarse con la cabeza y las aletas intactas. 5 peces por persona y día - o 10 pargos como límite total por persona y día |
|
| Golfo de México
(9-200 nm) |
Asignación IFQ
Zonas cerradas Límites de captura |
Se requieren anzuelos circulares que no sean de acero inoxidable cuando se pesque con cebos naturales. Se requiere al menos un desembuchador que debe utilizarse para retirar los anzuelos. | Prohibido todo el año | Sin periodo de prohibición
16 en TL; 10 por persona; 10 pargos en total |
|
| EEUU Carib EEZ - aguas federales
(3- 200 nm USVI & 9-200 nm en PR) No se requiere licencia de pesca recreativa ni registro de embarcación. Informes de capturas comerciales pero no recreativas. |
Temporadas de veda
Zonas cerradas Límites anuales de capturas |
Malla de trampa para peces de 1,5 pulgadas o superior.
Prohibidas las redes de enmalle y trasmallo. Prohibidos los venenos y los cabezales de potencia. |
Prohibido todo el año | Prohibido: 1 de abril -
30 de junio REC: 5 por persona/día o 15 por embarcación/día |
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| Puerto Rico
(0-9 nm) Tanto las embarcaciones comerciales como las recreativas deben estar registradas y tener licencia de pesca; las comerciales deben presentar informes de capturas. |
Temporadas de veda
Zonas cerradas |
La ubicación de las redes y trampas está restringida cerca de los arrecifes de coral y las desembocaduras de los ríos.
Redes de arrastre y de deriva restringidas. Hookah restringido. Se requiere una malla de trampa para peces de 1,5 pulgadas y un panel de escape. |
Prohibido todo el año
Las regulaciones estacionales de Bajo de Sico (octubre-marzo) proporcionan más protección para el único sitio de desove de MC conocido en Puerto Rico; sin embargo, los MC siguen agregándose y migrando en abril. |
Prohibido: Del 1 de abril al 31 de mayo** este periodo se amplía un mes en 2020 debido al COVID-19. | |
| USVI
(0-3 nm) Tanto las embarcaciones comerciales como las de recreo deben estar registradas; sólo las comerciales necesitan licencia e informes de capturas. |
Temporadas de veda
Zonas cerradas |
Prohibido todo el año | Prohibido: 1 de abril - 30 de junio |
Tabla 2. Resumen de la actualización de 2020 de la encuesta de manejo de 2018 preparada para el 2º Grupo de trabajo sobre Agregaciones Reproductivas de Peces. Tabla de meros por país que se benefician de regulaciones protectoras de los sitios de desove.
| Mero cherna
Epinephelus striatus |
Cabrilla
(Epinephelus guttatus) |
Cabrilla morra
(Epinephelus adscensionis) |
Mero guasa
(Epinephelus itajara) |
Bonací Arara o Aguají
(Mycteroperca bonaci) |
Cherna roja
(Epinephelus morio) |
Mero de aleta amarilla, Arigua o Guajil
Mycteroperca venenosa |
|
| Bahamas | X | X | X | X | X | X | X |
| Belice | X | ||||||
| Brasil | X | X | |||||
| Islas Caimán | X | ||||||
| Cuba | X | X | X | X | X | X | |
| Guatemala | X | ||||||
| México | X | X | X | X | |||
| Islas Turcas y Caicos | X | X | X | X | X | X | X |
| USVI | X | X | X | X | X | ||
| Puerto Rico | X | X | X | X | |||
| ZEE del Caribe estadounidense | X | X | X | X | X | X | X |
| Atlántico Sur | X | X | X | X | X | X | X |
| Golfo de México | X | X | X | X | X | X | X |
| Antigua y Barbuda | X | X | |||||
| Barbados | |||||||
| Colombia | |||||||
| Costa Rica | |||||||
| Dominica | |||||||
| República Dominicana | |||||||
| Guadalupe | |||||||
| Granada | |||||||
| Guyana | |||||||
| Haití | |||||||
| Honduras | |||||||
| Jamaica | |||||||
| Países Bajos | |||||||
| Nicaragua | |||||||
| Panamá | |||||||
| San Cristóbal y Nieves | |||||||
| Santa Lucía | |||||||
| San Vicente y las Granadinas | |||||||
| Surinam | |||||||
| Trinidad y Tobago | |||||||
| Venezuela |
Tabla 3. Resumen de la actualización de 2020 de la encuesta de manejo de 2018. Tabla de pargos por país que se benefician de la normativa protectora de los sitios de desove.
| Pargo Criollo
Lutjanus analis |
Pargo perro o jocú
(Lutjanus jocu) |
Biajaiba
(Lutjanus synagris) |
Pargo cubera
(Lutjanus cyanopterus) cyanopterus |
Pargo gris o cubereta
(Lutjanus griseus) |
Pargo rojo o colorado
(Lutjanus campechanus) |
Pargo amarillo, pargo rubio o cají
(Lutjanus apodus) |
Pargo colirrubio
(Ocyurus chrysurus) |
|
| Bahamas | X | X | X | X | X | X | X | X |
| Belice | X | |||||||
| Brasil | X | X | X | X | ||||
| Islas Caimán | ||||||||
| Cuba | X | X | X | X | X | X | X | |
| Guatemala | X | X | X | X | X | X | X | |
| México | X | X | ||||||
| Islas Turcas y Caicos | X | X | X | X | X | X | X | X |
| USVI | X | X | X | |||||
| Puerto Rico | X | X | ||||||
| ZEE del Caribe estadounidense | X | X | X | X | X | X | X | |
| Atlántico Sur | X | X | ||||||
| Golfo de México | X | X | X | X | X | X | ||
| Antigua y Barbuda | ||||||||
| Barbados | ||||||||
| Colombia | ||||||||
| Costa Rica | ||||||||
| Dominica | ||||||||
| República Dominicana | ||||||||
| Guadalupe | ||||||||
| Granada | ||||||||
| Guyana | ||||||||
| Haití | ||||||||
| Honduras | ||||||||
| Jamaica | ||||||||
| Países Bajos | ||||||||
| Nicaragua | ||||||||
| Panamá | ||||||||
| San Cristóbal y Nieves | ||||||||
| Santa Lucía | ||||||||
| San Vicente y las Granadinas | ||||||||
| Surinam | ||||||||
| Trinidad y Tobago | ||||||||
| Venezuela | ||||||||
Tabla actualizada en octubre de 2020.
Solicitud enviada por FAOSLC (Sonya Thompson) enviada el 11 de mayo de 2020 para que los países envíen las actualizaciones antes del 29 de mayo de 2020; amable recordatorio de nuevo el 29 de mayo de 2020 ampliando la fecha límite hasta el 5 de junio de 2020. Respuestas de: Lester Gittens respondió el 04 de junio de 2020 indicando que no había cambios; Ian Horsford proporcionó datos el 29 de mayo de 2020 para Antigua y Barbuda. EE.UU. actualizado por María López en septiembre de 2020.
Conecte con las autoridades pesqueras y de vigilancia
Coordine la protección con sus vecinos
Encuentre la información de contacto de los departamentos de pesca y las oficinas de vigilancia de cada país del Gran Caribe. Esta información es esencial para coordinar los esfuerzos locales entre las distintas partes interesadas y los esfuerzos binacionales y subregionales con sus vecinos.
Para los vigilantes
Conozca nuestras especies prioritarias
Conozca aquí las características y comportamientos únicos de algunas de las especies comerciales de peces de arrecife más importantes que se reúnen para desovar. Desde el colorido pargo criollo hasta el regio mero cherna, cada pez tiene su propia historia que contar.
Ya conoce la normativa sobre las distintas especies en las aguas que patrulla. Como agente de vigilancia, también debe ser capaz de identificar las diferentes especies de peces a las que debe proteger.
Solicite o inscríbase en un taller en su país para aprender más y perfeccionar sus conocimientos que protegen a nuestras poblaciones de peces. Hágalo por los arrecifes y por las personas que viven de ellos.
Manejo Eficaz y Recuperación de Especies
Con una normativa adecuada y una aplicación eficaz, las especies pueden recuperarse. Hay varios ejemplos en la región del Caribe. La recuperación del mero cherna en las Islas Caimán y las Islas Vírgenes de EE.UU. es el efecto directo de una década de manejo estricto y buena aplicación de la normativa. En el Caribe mexicano, el sitio de desove de mero cherna de Punta Allen se está recuperando gracias a la participación proactiva de las cooperativas pesqueras que colaboran con los investigadores para monitorear y proteger el lugar. Vea este vídeo para conocer ejemplos exitosos de recuperación, supervisados y documentados por científicos.
Ver galería
” Unirse para proteger las zonas de desove de los peces no es sólo una llamada a la acción; es un compromiso con nuestra responsabilidad compartida de proteger el delicado equilibrio de la vida marina. Al defender el manejo sostenible de la pesca y preservar las agregaciones reproductivas de peces, forjamos un camino hacia la sostenibilidad de nuestros océanos, la preservación de especies de peces vitales y el sustento de millones de personas que dependen de ellas. Juntos, mediante la colaboración y la dedicación, tenemos el poder de garantizar un futuro en el que prosperen los vibrantes colores de unos arrecifes de coral sanos y las bulliciosas comunidades de peces, haciéndonos eco de nuestro compromiso colectivo con los ecosistemas interconectados de nuestro planeta, y con la seguridad alimentaria y el bienestar de las comunidades humanas.”
- Iniciativa Big Fish
Ejecución en Acción
Las normativas sin cumplimiento no sirven de nada. Siga estos ejemplos. Ponga de su parte.
Preguntas frecuentes
¿Qué tipos de peces se reproducen mediante sitios de desove?
Muchas especies de peces se reproducen mediante sitios de desove. La mayoría son peces marinos, incluidas especies de arrecife de aguas cálidas como el pargo y el mero, así como valiosas especies de aguas frías como el bacalao del Atlántico. Más de 200 especies de peces marinos de más de 40 familias forman agregaciones de desove residentes o transitorias en momentos y lugares específicos (Rosemond et al., 2022). Las principales especies pesqueras mundiales, como el abadejo, el bacalao, el capelán, la caballa del Atlántico, la sardina y el arenque, también desovan de esta manera (FAO, 2014; Sadovy de Mitcheson, 2016). Según el SCRFA (2024), más de 100 especies de peces de arrecife, incluidos muchos meros, pargos, pargos, peces cirujano, peces conejo, peces loro, lisas y lábridos, se agregan para desovar, lo que pone de relieve la necesidad de un buen manejo para mantener y proteger a estas especies y sus pesquerías.
¿Qué ocurre si seguimos pescando en sitios de desove sin ningún manejo?
La sobrepesca de sitios de desove puede perturbar gravemente las poblaciones de peces, como se ha visto con el mero cherna, una especie abundante en el pasado. La pesca no controlada de individuos grandes y fecundos reduce significativamente la población reproductora, lo que provoca el colapso de los sitios de desove productivos a escala local y potencialmente regional. Esta práctica insostenible perjudica a la pesquería y al ecosistema en general.
Para salvaguardar las zonas marinas protegidas, ¿qué es mejor: la protección espacial (zonas marinas protegidas) o la protección estacional?
Las estrategias de conservación eficaces suelen incluir varios niveles de protección, como límites de capturas, límites estacionales y límites espaciales (AMP). El mejor enfoque puede variar según el caso. Por ejemplo, una AMP estacional puede proteger un lugar pero no las rutas migratorias hacia él, donde un cierre estacional podría mejorar la protección. Establecer la confianza y la aceptación de los pescadores locales es crucial para el cumplimiento y el manejo eficaz.













